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Vacaciones Brasil (férias + 1/3)

Calcula tus vacaciones (férias) CLT en Brasil 2026: días de descanso, tercio constitucional, abono pecuniario y descuentos INSS e IRRF. Neto al instante.

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Con 30 días: descansas 20 y cobras 10 en dinero (CLT art. 143).

Líquido a recibir

R$ 3.631,40

Férias + 1/3 − INSS − IRRF + abono (exento)

Desglose del cálculo

Férias (30 días)R$ 3.000,00
Tercio constitucional (1/3)R$ 1.000,00
Total brutoR$ 4.000,00
INSS sobre férias + 1/3− R$ 368,60
IRRF sobre férias + 1/3− R$ 0,00

El FGTS (8%) sobre férias + 1/3 lo deposita el empleador en tu cuenta vinculada: no se descuenta de tu pago.

Estimación informativa para 2026, no es asesoría laboral ni contable. Tablas oficiales: INSS de la Portaria Interministerial MPS/MF nº 13/2026 e IRRF con la reducción de la Lei 15.270/2025 (gov.br / Receita Federal). Revisa los valores anualmente: cambian cada enero.

Compartir por WhatsApp Última revisión: 9 de julio de 2026

Qué calcula esta herramienta

Si trabajas en Brasil con contrato CLT, cada 12 meses de servicio (el llamado «período aquisitivo») te dan derecho a 30 días de vacaciones, conocidas como férias. La Constitución brasileña (art. 7º, XVII) obliga a pagarlas con un tercio adicional sobre el salario: el famoso terço constitucional. Esta calculadora estima cuánto cobrarás en 2026: el valor de los días de descanso, el 1/3, el abono pecuniario si decides vender días, y los descuentos de INSS e IRRF hasta llegar al líquido.

Cómo usarla

  1. Escribe tu salario mensual bruto en reales. Si cobras horas extras o comisiones habituales, usa el promedio que tu empresa incluye en la base de férias.
  2. Indica los días de férias a los que tienes derecho (30 si no acumulaste faltas injustificadas).
  3. Marca vender 1/3 de los días si pedirás el abono pecuniario: con 30 días, descansas 20 y cobras 10 en dinero.
  4. Añade tus dependientes declarados, que solo afectan al IRRF.

Reglas fiscales de 2026

Los días de férias dependen de las faltas injustificadas del período aquisitivo (CLT art. 130):

Faltas injustificadasDías de férias
0 a 530
6 a 1424
15 a 2318
24 a 3212
Más de 320

Sobre férias + 1/3 se descuenta el INSS con la tabla progresiva de 2026 (Portaria Interministerial MPS/MF nº 13, del 09/01/2026):

Franja de la base (R$)Alícuota
Hasta 1.621,007,5%
De 1.621,01 a 2.902,849%
De 2.902,85 a 4.354,2712%
De 4.354,28 a 8.475,55 (teto)14%

Cada alícuota se aplica solo a la porción de la base dentro de su franja, y el descuento máximo es de R$ 988,09. Después se calcula el IRRF por separado del salario del mes, con la tabla mensual vigente y la reducción de la Lei 15.270/2025: si la base tributable (férias + 1/3) no pasa de R$ 5.000, el impuesto queda en cero; entre R$ 5.000,01 y R$ 7.350 hay una reducción parcial decreciente. El abono pecuniario no integra la remuneración (CLT art. 144), así que está exento de INSS y de IRRF; por la práctica dominante también se paga con su 1/3.

Ejemplo resuelto

Salario de R$ 3.000, 30 días de férias y venta de 10 días (abono), sin dependientes:

  • Férias por 20 días de descanso: 3.000 ÷ 30 × 20 = R$ 2.000,00
  • Terço constitucional: 2.000 ÷ 3 = R$ 666,67
  • Abono pecuniario por 10 días: 1.000,00 + 333,33 = R$ 1.333,33 (exento)
  • Base tributable (férias + 1/3): R$ 2.666,67
  • INSS progresivo: 1.621 × 7,5% + 1.045,67 × 9% = 121,58 + 94,11 = R$ 215,69
  • IRRF: R$ 0,00 (la base queda en la franja exenta y, además, la Lei 15.270/2025 anula el impuesto hasta R$ 5.000 de rendimiento)
  • Líquido a recibir: 2.666,67 − 215,69 + 1.333,33 = R$ 3.784,31

Preguntas frecuentes

¿Cuándo deben pagarme las férias?

Hasta 2 días antes de que empiece el descanso (CLT art. 145). El pago junta el valor de los días, el terço y, si lo pediste, el abono pecuniario.

¿El abono pecuniario paga impuestos?

No. Por el CLT art. 144 no integra la remuneración: no lleva INSS (Lei 8.212, art. 28) ni IRRF (IN RFB 1500/2014). Debes solicitarlo hasta 15 días antes de que termine tu período aquisitivo.

¿Me descuentan el FGTS de las férias?

No. El FGTS del 8% sobre férias + 1/3 lo deposita el empleador en tu cuenta vinculada; nunca sale de tu bolsillo.

¿Puedo dividir mis férias en varios períodos?

Sí. Con tu acuerdo, hasta en 3 períodos: uno de al menos 14 días corridos y los demás de al menos 5 días cada uno (CLT art. 134, reforma de 2017).

¿Qué pasa si la empresa no me concede las férias a tiempo?

Tiene 12 meses tras el período aquisitivo para concederlas (período concessivo). Si se vence ese plazo, debe pagarlas en dobro (CLT art. 137).


Aviso: cálculo informativo, no es asesoría laboral ni contable. Las tablas de INSS e IRRF se actualizan cada enero: revisa los valores vigentes en gov.br y en la Receita Federal antes de tomar decisiones. Datos de 2026.

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