Qué te descuentan del sueldo en el Perú
Si trabajas en planilla en el régimen privado peruano, tu sueldo bruto sufre dos descuentos antes de llegar a tu cuenta: el aporte de pensiones (ONP o AFP, según tu afiliación) y la retención de renta de quinta categoría, que tu empleador calcula cada mes si tu ingreso anual proyectado supera las 7 UIT. El aporte a EsSalud (9%) lo paga el empleador aparte y no se te descuenta.
Si tienes hijos menores de 18 años (o hasta 24 si cursan estudios superiores), te corresponde además la asignación familiar de S/ 113.00 (10% de la RMV, Ley 25129). Es un monto fijo por trabajador —no se acumula por hijo— y es remunerativa: entra a la base de ONP/AFP y de quinta categoría, por eso la calculadora la suma antes de aplicar los descuentos.
Todo el cálculo ocurre en tu navegador: no guardamos ni enviamos tus datos.
Cifras de 2026 que usa la calculadora
| Concepto | Valor 2026 |
|---|---|
| UIT | S/ 5,500 (D.S. 301-2025-EF) |
| Deducción de quinta categoría | 7 UIT = S/ 38,500 |
| RMV (sueldo mínimo) | S/ 1,130 (D.S. 006-2024-TR) |
| Asignación familiar | S/ 113.00 (10% de la RMV) |
| ONP | 13% del bruto, sin tope |
| AFP: aporte obligatorio | 10%, sin tope |
| AFP: prima de seguro | 1.37%, hasta S/ 12,672.65 de sueldo (SBS jul-2026) |
| AFP: comisión sobre flujo | 1.47% (Habitat) a 1.69% (Profuturo) |
| AFP: comisión mixta | descuento en boleta de solo 11.37% |
Tramos de quinta categoría sobre la renta neta anual (ingresos menos 7 UIT), art. 53 de la LIR:
| Renta neta anual | Tasa |
|---|---|
| Hasta 5 UIT (S/ 27,500) | 8% |
| Más de 5 y hasta 20 UIT (S/ 110,000) | 14% |
| Más de 20 y hasta 35 UIT (S/ 192,500) | 17% |
| Más de 35 y hasta 45 UIT (S/ 247,500) | 20% |
| Más de 45 UIT | 30% |
Cómo usar la calculadora
- Escribe tu sueldo mensual bruto y marca la asignación familiar si te corresponde.
- Elige tu sistema: ONP, AFP con comisión sobre flujo (y tu AFP) o AFP con comisión mixta.
- La herramienta proyecta tu ingreso anual (sueldo × 14, por las dos gratificaciones), resta las 7 UIT, aplica los tramos y divide entre 12 para estimar la retención mensual.
Ejemplo resuelto
Sueldo de S/ 4,000 con asignación familiar, afiliado a AFP Prima (comisión sobre flujo 1.60%):
- Base: 4,000 + 113 = S/ 4,113.00
- AFP: aporte 10% = 411.30; prima 1.37% = 56.35; comisión 1.60% = 65.81 → total S/ 533.46 (12.97%)
- Quinta categoría: anual proyectado = 4,113 × 14 = 57,582; renta neta = 57,582 − 38,500 = 19,082; como no pasa de 5 UIT, todo tributa al 8% = 1,526.56 al año → S/ 127.21 al mes
- Neto mensual: S/ 3,452.33
Preguntas frecuentes
¿Desde qué sueldo se paga quinta categoría?
En 2026, con 12 sueldos y 2 gratificaciones y sin otros ingresos, la retención aparece a partir de unos S/ 2,750 mensuales (2,750 × 14 = 38,500, justo las 7 UIT). Por debajo de eso, tu único descuento es el de pensiones.
¿Qué descuenta más, la ONP o la AFP?
En 2026 están muy cerca: ONP descuenta 13% fijo; la AFP con comisión sobre flujo entre 12.84% (Habitat) y 13.06% (Profuturo). Si estás en comisión mixta, tu boleta solo refleja 11.37%, porque la comisión sobre saldo se cobra del fondo acumulado, no del sueldo.
¿Por qué la retención de mi boleta no coincide exactamente?
Esta calculadora usa la aproximación impuesto anual ÷ 12. El método oficial de SUNAT (art. 40 del Reglamento de la LIR) usa divisores distintos según el mes (12, 9, 8, 5 y 4), suma la retención sobre las gratificaciones de julio y diciembre e incluye otros ingresos gravados. Con sueldo constante la diferencia es pequeña y se regulariza en diciembre.
¿Las gratificaciones pagan ONP o AFP?
No: las gratificaciones y su bonificación extraordinaria están exoneradas de aportes de pensiones y de EsSalud de forma permanente (Ley 30334). Pero sí están afectas a quinta categoría, por eso la proyección anual usa 14 sueldos.
¿La prima de seguro de la AFP siempre es 1.37%?
Es la vigente a julio 2026 según la SBS, aplicable hasta la remuneración máxima asegurable de S/ 12,672.65. Ambos valores se reajustan trimestralmente, así que pueden variar dentro del mismo año.
Esta herramienta es una estimación informativa con la normativa vigente en 2026 y no sustituye asesoría laboral o tributaria. Verifica en SUNAT, la SBS y el MTPE, y revísala cada año: la UIT, la RMV, las primas y las comisiones cambian.