Qué es el aguinaldo en Uruguay y cuándo se cobra
El aguinaldo, formalmente sueldo anual complementario (Ley 12.840), es la doceava parte de los sueldos en dinero percibidos en los 12 meses previos al 1.º de diciembre. Desde el Decreto-Ley 14.525 se paga en dos mitades, con plazos que fija un decreto anual. Para 2026 (Decreto 113/026):
| Mitad | Período que comprende | Plazo de pago |
|---|---|---|
| Primera | 01/12/2025 a 31/05/2026 | hasta el 30/06/2026 |
| Segunda | 01/06/2026 a 30/11/2026 | hasta el 20/12/2026 |
La cuenta base es simple: aguinaldo bruto = (lo percibido en el período) ÷ 12. Si tu sueldo fue constante los 6 meses, el bruto es exactamente medio sueldo; quien trabajó menos meses suma solo lo cobrado y divide entre 12.
Cómo usar la calculadora
- Ingresá tu sueldo nominal mensual (bruto, en dinero). Si varió, usá el promedio del semestre.
- Indicá los meses con sueldo dentro del semestre (6 si lo trabajaste completo).
- Elegí la mitad (junio o diciembre) para ver el período y el plazo legal de pago.
- Marcá si tenés hijos a cargo (menores de 18, o mayores con discapacidad) y cónyuge o concubino/a a cargo sin cobertura propia del SNIS: eso define tu tasa personal de FONASA.
Qué descuentos tiene el aguinaldo en 2026
El aguinaldo es materia gravada para los aportes personales al BPS, pero no lleva retención de IRPF al pagarse:
| Concepto | Tasa 2026 | ¿Se descuenta del aguinaldo? |
|---|---|---|
| Montepío jubilatorio | 15% | Sí, con tope propio: medio aguinaldo de hasta $144.418 |
| FONASA personal | 3% a 8% según tu situación | Sí, con la misma tasa de tu sueldo |
| FRL (INEFOP) | 0,1% | Sí |
| IRPF | escala progresiva | No al pago: se regulariza en el ajuste anual de diciembre |
La tasa personal de FONASA depende de tu ingreso mensual (el aguinaldo no cuenta para determinar la franja de 2,5 BPC = $17.160) y de a quién das cobertura:
| Ingreso mensual (sin aguinaldo) | Sin cónyuge ni hijos | Con hijos | Con cónyuge | Con cónyuge e hijos |
|---|---|---|---|---|
| Hasta $17.160 (2,5 BPC) | 3% | 3% | 5% | 5% |
| Más de $17.160 | 4,5% | 6% | 6,5% | 8% |
Ojo con un detalle que muchas calculadoras muestran mal: según el Manual de Materia Gravada de BPS (dic-2024), el aguinaldo solo está exonerado del aporte patronal de FONASA (art. 4 Decreto 2/008); el aporte personal sí se descuenta. Esta herramienta sigue el criterio oficial de BPS.
Ejemplo resuelto
Sueldo nominal de $40.000 constante de diciembre a mayo, sin hijos ni cónyuge a cargo, primera mitad (junio 2026):
- Aguinaldo bruto: 40.000 × 6 ÷ 12 = $20.000,00
- Montepío 15%: $3.000,00
- FONASA 4,5% (más de 2,5 BPC, sin cargas): $900,00
- FRL 0,1%: $20,00
- IRPF: sin retención al pago
- Aguinaldo líquido: $16.080,00
Un caso proporcional: entraste el 01/02/2026 con sueldo de $50.000 y un hijo a cargo. De febrero a mayo percibiste 50.000 × 4 = $200.000; el bruto es 200.000 ÷ 12 = $16.666,67. Descontando montepío ($2.500,00), FONASA 6% ($1.000,00) y FRL ($16,67), el líquido queda en $13.150,00.
Preguntas frecuentes
¿Qué partidas entran en la base del aguinaldo?
Las remuneraciones en dinero: sueldo, horas extra, comisiones, incentivos habituales y jornales de licencia gozada. Quedan afuera el propio aguinaldo, el salario vacacional, las participaciones en beneficios, las indemnizaciones y las partidas en especie o fictas (propina, vivienda).
¿El aguinaldo paga IRPF?
No se retiene IRPF al pagarlo (art. 63 del Decreto 148/007). El impuesto lo capta el ficto del 6% que se suma cada mes a la base, solo si tu renta mensual gravada supera 10 BPC ($68.640 en 2026); la liquidación anual de diciembre ajusta el año completo (aguinaldos incluidos) y puede dar saldo a pagar o a devolver.
¿Qué pasa si trabajé solo parte del período?
Cobrás el proporcional automáticamente: la fórmula suma lo percibido en la mitad correspondiente y lo divide entre 12; cuatro meses trabajados equivalen a un tercio de sueldo.
¿Puedo perder el derecho al aguinaldo?
Solo con el despido por notoria mala conducta. En cualquier otra desvinculación (renuncia, despido común, fin de contrato) te corresponde el proporcional hasta el último día.
¿Los sueldos muy altos aportan igual?
El montepío tiene tope: en 2026 no se aporta sobre lo que exceda $288.836 al mes ($144.418 para el medio aguinaldo). FONASA y FRL no tienen tope mensual, aunque la Ley 18.731 prevé una devolución anual de excedentes FONASA que BPS paga de oficio.
Esta es una estimación informativa con los valores vigentes en 2026 (BPC $6.864, Decreto 11/026). No sustituye asesoría profesional: verificá tu caso en las fuentes oficiales (bps.gub.uy, dgi.gub.uy) y revisá los valores cada año, porque BPC, topes y franjas se actualizan en enero.