Sueldo neto en El Salvador: qué te descuentan en 2026
En El Salvador, país de economía dolarizada, tu salario bruto sufre tres descuentos de ley antes de llegar a tu cuenta: la cuota laboral del ISSS (3%, calculada como máximo sobre $1,000 mensuales), la cotización a tu AFP (7.25% sin techo desde la Ley Integral del Sistema de Pensiones de 2022) y la retención de renta que tu patrono aplica con las tablas del Decreto Ejecutivo 10/2025. Desde la reforma de mayo de 2025 (Decreto Legislativo 293), los primeros $550 mensuales de base gravada quedan libres de retención — antes el exento era $472.
Esta calculadora usa los valores vigentes a julio de 2026 y admite pago mensual o quincenal. Todo el cálculo ocurre en tu navegador; no guardamos tus datos.
Cómo usar la calculadora
- Elige tu forma de pago: mensual o quincenal.
- Escribe tu salario bruto en dólares.
- Lee el desglose: ISSS, AFP, retención de renta y sueldo neto.
- Abre el detalle para ver la base gravada y el tramo de retención aplicado.
Descuentos de ley en 2026
| Concepto | Regla vigente 2026 |
|---|---|
| ISSS (salud) | 3% laboral, sobre un máximo de $1,000 mensuales (descuento tope: $30) |
| AFP (pensiones) | 7.25% laboral sobre todo el salario, sin techo |
| Retención de renta | Tablas del D.E. 10/2025; base gravada = bruto menos ISSS y AFP |
| Aguinaldo | No cotiza ISSS ni AFP; exento de renta hasta $817.60 en 2026 |
Tabla mensual de retención (D.E. 10/2025), aplicada sobre la base gravada:
| Base gravada mensual | Retención |
|---|---|
| Hasta $550.00 | Sin retención |
| $550.01 a $895.24 | 10% sobre el exceso de $550.00 más $17.67 |
| $895.25 a $2,038.10 | 20% sobre el exceso de $895.24 más $60.00 |
| Más de $2,038.10 | 30% sobre el exceso de $2,038.10 más $288.57 |
Para pagos quincenales los límites se reducen a la mitad: exento hasta $275 y cuotas fijas de $8.83, $30.00 y $144.28.
Ejemplo resuelto
Salario de $800 mensuales en comercio y servicios (2026):
- ISSS: 3% de $800 = $24.00 (no supera el techo de $1,000)
- AFP: 7.25% de $800 = $58.00
- Base gravada: 800 − 24 − 58 = $718.00 (tramo II)
- Retención: (718 − 550) × 10% + 17.67 = $34.47
- Sueldo neto: 800 − 24 − 58 − 34.47 = $683.53
Sueldos de referencia (mensual, 2026)
| Bruto | ISSS | AFP | Renta | Neto |
|---|---|---|---|---|
| $408.80 (mínimo comercio) | $12.26 | $29.64 | $0.00 | $366.90 |
| $600.00 | $18.00 | $43.50 | $0.00 | $538.50 |
| $800.00 | $24.00 | $58.00 | $34.47 | $683.53 |
| $1,200.00 | $30.00 | $87.00 | $97.55 | $985.45 |
| $2,500.00 | $30.00 | $181.25 | $363.77 | $1,924.98 |
En $1,200 ya se nota el techo del ISSS: se descuentan $30 (3% de $1,000) aunque el salario sea mayor, mientras que la AFP sí cobra 7.25% sobre los $1,200 completos.
Preguntas frecuentes
¿Por qué el ISSS descuenta como máximo $30?
Porque la remuneración máxima cotizable al régimen de salud del ISSS es de $1,000 mensuales (reforma de 2015 al Reglamento para la Aplicación del Régimen del Seguro Social, sin cambios a julio de 2026). Si ganas más de $1,000, el 3% se aplica solo sobre $1,000. La AFP es distinta: la Ley Integral del Sistema de Pensiones (2022) eliminó el tope del ingreso base de cotización, así que el 7.25% se aplica sobre todo el salario.
¿Por qué mi retención de junio o diciembre fue distinta?
La retención por período es una aproximación. El D.E. 10/2025 obliga al patrono a recalcular en junio (acumulado enero-junio) y en diciembre (acumulado anual), cobrando o devolviendo la diferencia. Por eso el neto de esos dos meses puede variar aunque tu salario no cambie.
¿El salario mínimo paga renta?
No. El mínimo de comercio, servicios e industria ($408.80 desde junio de 2025, Decreto Ejecutivo 11/2025, sin ajuste en 2026) deja una base gravada de $366.90, por debajo del exento de $550: sus únicos descuentos son ISSS y AFP. Ten en cuenta que el mínimo varía por sector: maquila $402.32, caña y beneficios de café $305.23, agropecuario y recolección de café $272.53.
¿Qué pasa si tengo dos o más empleos?
La tabla del decreto se aplica únicamente al salario de mayor monto; sobre los demás el patrono debe retener un 10% fijo. Además, quien supere $60,000 de rentas anuales está obligado a declarar.
¿El aguinaldo sufre estos descuentos?
El aguinaldo no cotiza ISSS ni AFP. De renta está exento hasta 2 salarios mínimos de comercio y servicios ($817.60 en 2026); solo el excedente tributa. En 2022 y 2025 la Asamblea elevó la exención a $1,500 con decretos transitorios válidos un solo año; a julio de 2026 no existe todavía un decreto igual para diciembre de 2026.
Esta herramienta ofrece una estimación informativa con los valores vigentes a julio de 2026; no constituye asesoría fiscal ni laboral. Fuentes: Decreto Ejecutivo 10/2025 (tablas de retención), Decreto Legislativo 293/2025, ISSS, Ley Integral del Sistema de Pensiones, Decreto Ejecutivo 11/2025 (salarios mínimos). Revisa las cifras anualmente.