El aguinaldo en El Salvador: 15, 19 o 21 días según tu antigüedad
En El Salvador el aguinaldo es una prima anual obligatoria regulada por los artículos 196 a 202 del Código de Trabajo. Se paga en días de salario básico: 15 días con un año de servicio, 19 desde los 3 años y 21 desde los 10; quien no completa el año recibe una parte proporcional.
Ojo con un cambio reciente: la reforma de octubre de 2025 al artículo 200 movió la ventana de pago del 12-20 de diciembre al 20 de octubre-20 de diciembre. Esta calculadora te dice cuántos días te corresponden en 2026, cuánto dinero son y cómo quedan frente al ISR.
Cómo usar la calculadora
- Escribe tu salario básico mensual en dólares: la retribución ordinaria, sin horas extra ni bonos ocasionales.
- Indica tu antigüedad al 12 de diciembre de 2026: con 1 año o más, escribe los años completos de servicio; con menos de un año, marca la opción proporcional y elige tu fecha de ingreso.
- Lee el resultado: días de aguinaldo, monto bruto y tratamiento fiscal (ISR, ISSS y AFP).
Días de aguinaldo por antigüedad en 2026
| Antigüedad al 12 de diciembre | Días de salario básico | Con salario de $800/mes |
|---|---|---|
| 1 año a menos de 3 años | 15 días | $400.00 |
| 3 años a menos de 10 años | 19 días | $506.67 |
| 10 años o más | 21 días | $560.00 |
| Menos de 1 año | Proporcional sobre base de 15 días | Según los días trabajados |
La base es el salario básico diario vigente a la fecha de pago: el mensual entre 30 (art. 199 CT). Si ganas menos del mínimo de tu sector, se usa el salario mínimo diario (art. 7 del D.E. 11/2025): comercio, servicios e industria $13.44; maquila $13.23; caña y beneficios de café $10.04; agro y recolección de café $8.96.
El aguinaldo no cotiza ISSS ni AFP y está exento de ISR hasta 2 salarios mínimos de comercio y servicios: 2 × $408.80 = $817.60 en 2026 (art. 4 LISR, reforma de 2019). Solo el excedente se suma a tu renta gravada.
Ejemplo resuelto
Caso 1: $800 al mes y 4 años de antigüedad. Tramo de 3 a menos de 10 años: 19 días. Salario diario: 800 ÷ 30 = $26.67. Aguinaldo: 26.67 × 19 = $506.67. No supera los $817.60 exentos ni cotiza ISSS/AFP: lo recibes íntegro.
Caso 2: proporcional. Ingresaste el 1 de marzo de 2026 con $800 al mes. Al 12 de diciembre no completas el año: proporcional sobre base de 15 días. Días trabajados: 286. Aguinaldo: (800 ÷ 30) × 15 × 286 ÷ 365 = $313.42, unos 11.75 días.
Caso 3: $800 al mes y 12 años. Tramo máximo de 21 días: (800 ÷ 30) × 21 = $560.00, también exento e íntegro.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo deben pagarme el aguinaldo en 2026?
Entre el 20 de octubre y el 20 de diciembre de 2026; el patrono elige la fecha exacta dentro del rango. Si no te pagan, acude al Ministerio de Trabajo (mtps.gob.sv).
¿El aguinaldo paga ISR o descuentos de ISSS y AFP?
Nunca cotiza ISSS ni AFP. Del ISR está exento hasta $817.60 en 2026; el excedente se prorratea a equivalente mensual para la retención (D.E. 10/2025). En 2022 y 2025 decretos transitorios la elevaron a $1,500 solo ese año; a julio de 2026 no existe uno para diciembre de 2026, aunque suele decidirse en el último trimestre.
¿Puedo perder el derecho al aguinaldo?
Sí. Según el artículo 201, lo pierde quien acumule más de 2 faltas injustificadas (aunque sean de medio día) en cada uno de 2 meses, consecutivos o no, dentro del año de aguinaldo (12 de diciembre a 11 de diciembre siguiente).
¿Y si salgo de la empresa antes de diciembre?
Recibes la parte proporcional cuando el contrato termina con responsabilidad del patrono o por despido de hecho (arts. 197 y 202). Si renuncias cumpliendo la Ley de Renuncia Voluntaria, también se te debe el aguinaldo proporcional junto con la vacación (art. 9 del D.L. 592).
¿Con qué salario se calcula si mi sueldo es variable?
Si no cobras por unidad de tiempo (comisiones, destajo), la base es el promedio de los salarios ordinarios de los 6 meses previos entre los días laborables del período (art. 199 CT).
Esta herramienta ofrece una estimación informativa con la normativa vigente a julio de 2026 y no sustituye asesoría legal ni fiscal. El salario mínimo (D.E. 11/2025, revisión trienal hacia 2028) y la exención del ISR pueden cambiar por decreto: revisa esta calculadora anualmente.